CONSEJO ESCOLAR
Los Consejos escolares son los órganos por excelencia de participación de los centros educativos. Las personas integrantes del Consejo escolar son padres, profesores y personal de la administración local y educativa
La participación de todos los sectores de la comunidad educativa: padres y madres, profesores, alumnos y personal de administración y servicios son la base de una educación de calidad.
ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES
NOVIEMBRE 2014
Cada dos años, el Consejo Escolar renueva la mitad de los representantes de cada sector de la comunidad educativa, (padres y profesores), correspondiendo ese momento al actual.
Es el momento de elegir a los representantes. Es un deber y un derecho.
El consejo escolar del centro está constituido por :
-Director
- Jefe de estudios
- Secretario con voz pero sin voto.
- Cinco profesores
- Cinco padres/madres (Uno de ellos nombrado por la AMPA)
- Un trabajador del Personal de administración y servicios.
- Un representante municipal.
Este Proceso electoral sigue unas normas y calendario, ExpuestOs en el tablón de anuncios del centro (primera planta) así como en esta página web.
Es importante que sepan que el proceso es guiado y supervisado por la Junta electoral (director, padre y profesor), que aprueba los censos, determina el calendario recoge las candidaturas de todos los sectores, atiende y resuelve reclamaciones, y proclama candidatos una vez realizadas las votaciones.
Los días de las votaciones son:
- Profesores: 17 de noviembre en sesión de Claustro extraordinario. (Se eligen tres profesores)
- Padres, madres: 18 de noviembre. (Se eligen 2 padres)
Animamos a todos a participar como electores o/y candidatos. Pueden solicitar en dirección el impreso para participar como candidatos o descargarlo de esta web. Después entréguenlo debidamente firmado, la semana del 27 al 31 de octubre, en dirección.
Modelo de presentación candidatura padres/madres y profesores.
NORMATIVA APLICABLE EN EL CEIP "MIGUEL DER CERVANTES":
NORMATIVA DEL ESTADO
• Ley Orgánica 8/1985 (L.O.D.E.), de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación («B.O.E.» de 4 de julio de 1985) y disposiciones complementarias.
• Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación (L.O.E.) («B.O.E.» de 4 de mayo de 2006), modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa («B.O.E.» 10 de diciembre de 2013).
CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA
• Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria («B.O.E.» de 20 de febrero de 1996).
• Orden Ministerial de 28 de febrero de 1996 por la que se regula la elección de los Consejos Escolares y órganos unipersonales de gobierno de los Centros públicos en Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria («B.O.E.» de 5 de marzo de 1996).
• Orden ECD/3387/2003, de 27 de noviembre, por la que se modifica y amplía la Orden de 29 de junio de 1994, por la que se aprueban las Instrucciones que regulan la Organización y Funcionamiento de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, modificada por la Orden de 29 de febrero de 1996 («B.O.E.» de 5 de diciembre de 2003).
NORMATIVA DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
• Orden de 15 de octubre de 2001, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula el procedimiento para la renovación parcial y para cubrir vacantes en los Consejos Escolares de los Centros Públicos de Enseñanzas de Régimen Especial así como los períodos de elección y renovación de los Consejos Escolares de todos los Centros Docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de Castilla y León («B.O.C. y L.» n.º 204, de 19 de octubre).
• Orden EDU/519/2014, de 17 de junio, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación primaria en la Comunidad de Castilla y León. («B.O.C. y L.», n.º 117, de 20 de junio de 2014).